sáb. Jun 14th, 2025


Antonio Espaillat. Ilustración: El Nuevo Diario

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El empresario Antonio Espaillat, detenido este jueves por la Procuraduría General de la República (PGR) de ser encontrado culpable de los cargos que se le imputan sólo podría ser condenado a dos años de prisión.

Y es que de acuerdo a lo establecido en el artículo 319 del Código Penal una persona que haya actuado con negligencia, imprudencia, inobservancia o falta de precaución, causando con ello la muerte de una o varias personas sólo podrá ser castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinticinco a cien pesos.

“El que, por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinticinco a cien pesos”, subraya el citado artículo.

Estas disposiciones de penas se aplican de forma general, aunque sean múltiples las víctimas mortales como lo es este caso, cuyo derrumbe de la discoteca Jet Set cobró la vida de más de 230 personas.

Esto ocurre porque en el Código Penal de la República Dominicana no existe el cúmulo de penas y el sistema jurídico penal responde al principio de unicidad del hecho punible, especialmente en los tipos involuntarios.

“No se impone una condena de dos años por cada una de las 237 muertes. La pena se impone por el hecho completo, y el juez fija la sanción dentro del margen legal disponible, que es de 3 meses a 2 años”, explicó el consultado abogado Mayobanex Martínez.

Asimismo, destacó que esto no significa que la gravedad del resultado sea ignorada. Por el contrario, la multiplicidad de víctimas puede motivar la imposición de la pena máxima dentro del marco legal previsto, e incluso dar lugar a otras acciones de tipo civil, disciplinario o administrativo contra los responsables.

Pero si “se prueba que hubo falta de mantenimiento estructural, violación de normas técnicas, o inobservancia de advertencias previas, podría configurarse una grave negligencia, pero la sanción penal sigue limitada por el texto actual del artículo 319”.

Justamente en estos momentos en el Congreso Nacional se discute el proyecto de ley que busca actualizar el Código Penal donde está contemplado el cúmulo de penas, así como también la tipificación de unos 70 nuevos delitos.




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